EL TRIBUNAL DE CUENTAS DESESTIMA ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA CONTRA EL EXALCALDE DE JARAÍZ JOSÉ BONIFACIO SÁNCHEZ

El Tribunal de Cuentas ha desestimado íntegramente la demanda que interpuso el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera contra José Bonifacio Sánchez Cruz, cuando era alcalde bajo las siglas del Psoe en esta localidad durante el año 2017, por la obra que ordenó ejecutar en la finca del Cuco con fondos municipales.

El exalcalde ha sido, por tanto, absuelto del pago de 91.979,89 euros que el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Jaraíz le reclamaban.

Según la sentencia:

Resulta acreditado en el juicio y no ha sido cuestionado por las partes, que las obras efectuadas en la Finca “El Cuco” estaban destinadas al uso público de la ciudadanía, pues tenían por objeto la conexión peatonal entre dos calles, dotando de continuidad a dos zonas urbanas residenciales –salvando el desnivel existente en la calle Villa-, así como la instalación de un parque infantil y una zona verde. Y no se han producido reclamaciones hasta la fecha de un posible propietario, en el caso de que existiera, para ninguna de las actuaciones que se han realizado en esa parcela.

De la misma manera que para la obra de ampliación de la calle Villa se ocuparon terrenos de la parcela que nos ocupa; y actualmente los vecinos siguen disfrutando de la citada mejora de la red viaria, al no haberse producido ninguna reclamación contra ella, desde que se hizo. Los Jaraiceños podrían seguir disfrutando en la actualidad de las instalaciones y servicios que se llevaron a cabo en la parcela, con la obra cuestionada en este juicio, e incluso de las mejoras del alumbrado urbano realizadas posteriormente…

Más adecuado que cerrar la parcela, sin más, podría haber sido realizar alguna actuación tendente a regularizarla, cómo, por ejemplo, poner en conocimiento de la Administración del Estado la existencia de una herencia posiblemente vacante a los efectos previstos en el artículo 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las Administraciones Públicas.

Queda acreditado que no se ha producido, en contra de lo que sostienen el Ministerio Fiscal y el propio Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, un perjuicio real y efectivo a los fondos públicos municipales, la demanda de responsabilidad contable interpuesta por el Ministerio Fiscal en escrito de 24 de enero de 2018, a la que se ha adherido el Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, debe ser desestimada, sin que sea necesario examinar la concurrencia del resto de requisitos exigidos para declarar la responsabilidad contable.

Procede imponer al Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera las costas correspondientes a las pretensiones formuladas frente a D. José Bonifacio Sánchez Cruz, ya que, si bien inicialmente no presentó la demanda, en el acto del juicio se adhirió íntegramente y argumentó lo que estimó oportuno en apoyo de las pretensiones formuladas por el Ministerio Fiscal frente a dicho demandado…

Los hechos

Los hechos se remontan al 19 de mayo de 2017 cuando se recibieron en el departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, unas actuaciones previas y provisionales por la obra en la finca del Cuco que se ejecutaron con fondos públicos del Ayuntamiento de Jaraíz de la Vera, por importe de 89.628,90 euros.

En estas actuaciones se hacían responsables contable a don José Bonifacio Sánchez Cruz (Alcalde en ese momento), y además a don Pedro Laso Núñez, doña María Greis Hernández Gómez, doña Elisabeth Santos Arellano, don Ovidio Fernández Simón, don Roberto del Olmo Martínez y otros…

Transcurrido el plazo de veinte días conferido al Ayuntamiento de Jaraíz, sin que este hubiera formalizado demanda, se dio traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal a fin de que pudiera presentar escrito de demanda. Lo cual hizo el 24 de enero de 2018, pidiendo que el alcance de los fondos públicos del Ayuntamiento subiera hasta los 92.535,37 euros, de los cuales resultaría responsable directo don José Bonifacio Sánchez Cruz. En cuanto a la diferencia 554,48 euros resultarían responsables directos el resto de enjuiciados.

El 12 de febrero de 2018 se admite a trámite la demanda formulada por el Ministerio Fiscal.

Don José Bonifacio contesta la demanda el 16 de marzo 2018 y se persona su abogado mediante escrito de entrada 20 de marzo 2018.

Llegados a este punto, aún no había comparecido el ayuntamiento jaraiceño. El 7 de junio de 2018 se persona la letrada de la Diputación Provincial de Cáceres, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Jaraíz. El 13 de noviembre desde la secretaría del Ayuntamiento de Jaraíz, se adjunta copia de Decreto de Alcaldía que revoca la encomienda de defensa del Gabinete Jurídico de la Diputación, y encarga su defensa y representación procesal a otro letrado.

El juicio, por estos hechos, tuvo lugar en febrero de 2021 y la sentencia en mayo.

Responsabilidades

Ahora está todo claro y sentenciado y los promotores de haber realizado estas acusaciones, que hasta ahora solo han tirado la piedra y escondido la mano, deberían dar la cara y asumir sus responsabilidades. Sin embargo no parece que lo vayan a hacer, es más van a seguir intentando no hacer política y si judicializarla para ver si ganan en los juzgados lo que no han ganado en las urnas.

Sobre personajes dañinos que no aportan beneficios y utilizan la política para sus fines y vendettas personales hay varios ejemplos en Jaraíz de la Vera a lo largo de la historia.

No les importa que sean los ciudadanos los que tengan que asumir los gastos de sus desvaríos. Más les valdría reconocer sus limitaciones de convivencia dialogada con el prójimo, que las tienen; y decir cuáles son sus verdaderos intereses, que también los tienen. Por sus obras ya son conocidos…

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