Con fecha 22 de abril de 2021 se ha publicado en el DOE la convocatoria de subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo en el sector turístico de Extremadura.
La convocatoria pretende elevar el nivel de las infraestructuras turísticas de nuestra región y la prestación de servicios con mayor valor añadido, a través de las siguientes líneas:
- Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales.
- Mejora de la Calidad de los Balnearios.
- Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de
Intermediación. - Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros.
- Mejora de la Calidad de la Restauración.
- Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.
La ayuda total a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales y será incompatible con cualquier ayuda otorgada a la misma empresa para el mismo proyecto.
Beneficiarios
Tendrán la condición de beneficiarias las siguientes empresas las empresas turísticas:
- Balnearios.
- Alojamientos Rurales:
- Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.
- Hoteles rurales.
Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de
Intermediación:
- Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y organizadores profesionales de congresos.
- Empresas de actividades turísticas alternativas.
Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros:
- Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario, hostales y pensiones.
- Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.
Mejora de la Calidad de la Restauración:
- Restaurantes.
- Cafeterías.
- Café-bares y otros establecimientos de ocio.
- Catering.
- Salones de banquetes.
Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: balnearios y las empresas
turísticas señaladas en los apartados a), b), c) y d) anteriores.
1.2. Balnearios ubicados en Extremadura:
Requisitos
Las empresas deberán adoptar alguna de las siguientes formas: personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de estas, comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a
cabo las actuaciones que motivan la concesión de la subvención.
Las actuaciones subvencionables deberán haberse iniciado y pagado con fecha posterior, en al menos un día, a la presentación de la solicitud de subvención, a excepción de los trabajos de redacción de memorias o proyectos técnicos que se deban de aportar para la obtención de la preceptiva licencia o presentación de comunicación previa, ante organismos competentes.
El importe mínimo de las actuaciones subvencionables será:
a) Línea de Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales: 3.000 euros, IVA excluido.
b) Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios: 5.000 euros, IVA excluido.
c) Línea de Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Intermediación: 3.000 euros, IVA excluido.
d) Línea de Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros: 5.000 euros, IVA excluido.
e) Línea de Mejora de la Calidad de la Restauración: 5.000 euros, IVA excluido, excepto
para otros establecimientos de ocio que será de 7.500 euros, IVA excluido.
f) Línea de Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: 3.000 euros, IVA excluido
Se inadmitirán las solicitudes presentadas cuando el importe de las actuaciones subvencionables sea inferior a las cantidades indicadas.
La cuantía de la subvención será del 50 % (IVA excluido) de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 70.000 euros.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y el extracto de la misma en el Diario Oficial de Extremadura.